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no no hace más que preguntarse; la verdad es que cada día que pasa me hago más preguntas. ¿Qué significa la palabra apto? Podría significar que una persona vale, que suple la mayoría de las exigencias conforme a un determinado perfil. Esto que parece tan simple, una ponderación satisfactoria entre exigencias y aptitudes, se complica cuando el individuo intenta acceder a un puesto en la administración como funcionario docente.
Entiéndase que, cuando en una carrera profesional hay cambio de perfil, es decir, de puesto de trabajo o desempeño de funciones, la valoración y/o evaluación es lógica y necesaria. Lo que no se entiende -o al menos el que subscribe no lo ve tan claro- es la fiebre que parece haber entrado en la administración por calificarlo y catalogarlo todo; sin cuestionarse antes si es necesario, si procede o si entra en contradicciones en su aplicación.
Este es el caso que está ocurriendo con los docentes de la Consejería de Educación (Primaria, Secundaria y Especialistas) en prácticas. Una vez superado el Concurso-oposición, por si fuera poco, se ven obligados a superar un período de prácticas, algo tan normal como, en muchos casos, innecesario. Se supone que con a superación del concurso has demostrado que sabes y que estás preparado/a para la responsabilidad que vas a ejercer, pues las pruebas que has superado así lo exigen. Sin embargo, no es así y te quedan unos cuantos periplos más: pelotearle al director, compadrear con tu tutor, servilear ante el inspector de turno o la comisión pertinente y pulsear con los trozos de memoria e informes que hayan caído en tu poder. Esto último lo cito por las reiteradas exigencias teóricas, que no tienen nada que ver con tu trabajo ni con el aula; al menos, en las coordenadas actuales: centro educativo- alumno-sociedad.
A riesgo de caer en la nostalgia, a algunos les queda la satisfacción de que se les evaluaba ante un grupo de alumnos y no por unos papeles o por llevarse bien con tal o con cual. También puede ser ilustrativa la experiencia que, poco después, tuvimos algunos otros: los cursos de cultura andaluza. Estos al menos eran preparatorios y no excluyentes, como ocurre ahora con el caso del “no apto”. Pero, en resumidas, cuentas el tema es: ¿procede o no procede una nueva valoración profesional del opositor tras haber aprobado las oposiciones? En este sentido cabría señalar algunas contradicciones:
Primera contradicción: al opositar demuestras tu preparación, tus conocimientos y dominio del temario al mismo tiempo que tu formación académica garantiza tu valía y solidez profesional. Tanto es así que apruebas el concurso-oposición frente a innumerables rivales; pero si el periodo de prácticas no es satisfactorio… puedes ser declarado no apto. ¿Qué pasa entonces? ¿Qué ha fallado de un tiempo para otro, el proceso de selección o el nuevo trámite de evaluación?
Segunda contradicción: En la actualidad existen gran cantidad de interinos de larga duración, tanto en primaria como en secundaria; unos ha aprobado las oposiciones y otros las aprobarán en breve- enhorabuena a ambos. Pero estos recién estrenados funcionarios llevaban años siendo aptos para la administración educativa, pues los contrataba curso tras curso. Resulta que ahora, cuando por fina han aprobado las oposiciones, ¿ya no son aptos o tienen que demostrarlo de nuevo?
Tercera contradicción o conveniencia: Desde el punto de vista del trabajador docente, sería más lógico que las exigencias o requisitos -los que fueran- se estableciesen de forma previa y no a posteriori.
Cuarta contradicción o crítica: el coste de la evaluación en el periodo de prácticas, para la administración educativa, es sangrante. Y no ya solo por las dietas o desplazamientos de las comisiones y evaluadores, sino por la alteración del normal desarrollo laboral a todos los niveles. Existen incontables pérdidas de horas y la angustia que provoca, que hace que el docente no pueda centrarse en su trabajo, estará todo un curso pendiente de otra evaluación.
Hay que pensar que, desde la propia ley de acceso a la función pública o desde el estatuto del funcionariado, deberían revisarse algunos aspectos. El actual sistema supone la concatenación de pruebas reiterativas y, como se has dicho anteriormente, en algunos casos contradictorias: sirva como ejemplo el caso del interino o interina con varios años de servicio; debe de volver a demostrar que sirve para el trabajo que viene desempeñando. ¿Y si suspende?
Pongámonos en el caso. Un mal informe provocado por diferencias personales o malentendidos. ¿Quiere decir que hasta entonces la administración ha estado contratando a un inútil? O quizás, y esto es más grave, ¿hay que pensar que la administración es tan magnánima, que todos valemos para todo hasta que no le toquemos las narices a nadie? Un poco de seriedad y congruencia, por favor. Que la administración ponga todas las trabas que pueda y deba para el acceso; al fin y al cabo es un proceso selectivo. Pero en el ejercicio de la labor docente, el reciclaje y actualización se llama formación. En todas las empresas ocurre así. ¿En la administración, no?